miércoles, 10 de noviembre de 2010

ESTUDIO CRIMINOLÓGICO DE LA DELINCUENCIA

Por: Erickson Costa Carhuavilca*

A partir de los años sesenta en Estados Unidos y, en las décadas sucesivas, en Gran Bretaña y después en Europa continental, se comienza a constatar el predominio de la criminología positivista y, más en general, del paradigma etiológico en la sociología de la desviación, se ha puesto en primer plano, en el estudio de la desviación y de la criminalidad, los mecanismos de definición y de etiquetamiento (institucionales e informales), por consiguiente, el proceso de criminalización primaria (formación de la ley penal) y secundaria (aplicación de la ley penal). (1)

Actualmente se pone en práctica el principio de la interdisciplinaridad (o multidisciplinariedad) "externa", con lo cual este nuevo saber podrá, ofrecer una respuesta novedosa a la "cuestión criminal que no sólo produzca una política criminal alternativa dentro del universo de las ciencias penales y del sistema de justicia criminal, sino también -y sobre todo- que pueda movilizar una política multiagencial alternativa a la política criminal misma. (2)

El crimen no es una unidad, ya que actúa en todos los ámbitos de la sociedad y amerita ser tratado en serio, analizando cada situación particular, es una de las más claras expresiones de las deficiencias estructurales de la sociedad es la manifestación de diversos factores que deterioran los cimientos del desarrollo del hombre. (3)

La delincuencia no es un fenómeno fácil de controlar, sobre todo por el hecho de que sus causas se encuentran insertas dentro de la sociedad como: falta de educación, valores y principios dentro de la familia y aunado a éstas la grave situación económica que está atravesando nuestro país. (4)

Si aceptamos como válida la sentencia de Durkheim en cuanto afirma que la criminalidad constituye un elemento necesariamente integrante de una sociedad sana y considera que es esa misma sociedad la que produce y define ella su propia criminalidad: ¿qué sentido tiene hablar de la resocialización del delincuente y para una sociedad que produce ella misma delincuencia?; ¿No sería más lógica y coherente la idea de resocializar a la propia sociedad? (5)

Hay una teoría económica para el control del delito que postula un aumento de la represión penal –más conductas criminalizadas y mayores penas por los delitos– para elevar los costos de delinquir y así disuadir la conducta delictual –decisión racional–. Esa teoría desconoce que casi la totalidad de nosotros no delinquimos; no lo hacemos por temor a la ley penal, sino porque creemos que es mejor para el conjunto social que respetemos los derechos de los otros. (6)

NOTAS AL FINAL

* Docente de la Universidad César Vallejo – Sede Lima Este y de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, Abogado por Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Estudios de Maestría en Derecho Procesal por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Director del Centro Latinoamericano de Investigaciones de Derecho Procesal (CLIDEPRO), Asesor Académico de la Asociación Civil “Justicia & Derecho” y Director de la Revista Virtual “Criminología del siglo XXI”.
(1) Zambrano A. (1998). Derecho Penal, Criminología y Política Criminal. Buenos Aires. Depalma.
(2) Reyes A. (1996). Criminología. Bogotá. Temis.
(3) Villavicencio F. (1997). Introducción a la Criminología. Lima. Grijley.
(4) Ibid.
(5) Hurtado J. (1997). Derechos Humanos y Lucha contra la Delincuencia. Lima. Pontificia Universidad Católica del Perú.
(6) Ibid.